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Animalnatura

lunes, 9 de marzo de 2015

Razas de cobayas

Nos podemos encontrar con muchísimas razas de cobayas, sin embargo, al contrario de los perros se caracterizan mayoritariamente por la diferencia del pelaje y no por la forma.
En ocasiones hay confusiones entre cobayas de raza y cobayas mestizas (mezclas de 2 razas), y es muy difícil saberlo cuando son pequeñas, es por ello que si te importan las razas es mejor comprar en un criadero o adoptar de alguien que tenga con seguridad una raza concreta.

RAZAS MAS CONOCIDAS


Americana (pelo corto): Era la más común hace unos años, ahora se iguala a otras razas. Tienen el pelo corto y uniforme y pueden ser de un color, dos colores o tres, incluyendo tonalidades.


Peruana (pelo largo): Se caracteriza por tener el pelo largo, liso y suave. Suelen tener 3 rosetas (remolinos), y normalmente una de ellas cae en la cabeza creando un gracioso flequillo. Cuando ésta raza es pequeña puede confundirse habitualmente con las abisinias, pero el truco está en contar las rosetas y en la textura del pelo.


Abisina (pelo rizado): El pelo de éstas no es tan suave y tiene poco brillo. Es escarpiado y muy arremolinado (entre 8 y 12 rosetas), dificultando su cepillado.
Algunos consideran que son las cobayas más inteligentes.


OTRAS RAZAS

PELO CORTO

Bitlonga: Pelo corto, liso y denso. Sus orejitas son planas y recuerdan a las Teddys pero con el pelo mucho más largo y suave.


Bonet: Su pelo es corto y liso. Tiene una sola roseta en la espalda, entre las caderas. Su pelaje va en sentido contrario.


CH-Teddy: Igual que las US-Teddy pero con el pelo un poquito más largo.


Crestado americano: Como la raza Americana pero con una coronilla de color blanco en la cabeza.


Crestado inglés: Como la raza Americana pero solo tiene un color y una coronilla blanca o del mismo color que el pelaje.


Crestado irlandes: La coronilla la lleva en la espalda.


Curly: El pelo es muy rizado y corto.


Peruana de pelo corto: Como las mismas rosetas que una peruana pero de pelo corto.


Rex: Pelo corto, áspero y con pequeños rulitos que a penas se aprecian y aparenta pelo de punta abundante. Se parecen a las US-Teddy, es muy fácil confundirlas.


Ridgeback: Tiene el pelo liso y corto, pero la parte central del lomo es crestada.


Self: Aunque se parece a la Americana destaca por diferenciarse en las orejas especialmente, ya que son bastante más grandes.


Sheba Mini Yak: Como las Abisinias pero su pelo es más largo.


Somalí: Mezcla entre una Rex y una Abisinia.


US-Teddy: Su pelo es corto, áspero y muy denso. Dan un gracioso aspecto de osito de peluche, de ahí su nombre.



PELO LARGO

Alpaca: Son como las peruanas pero con la diferencia de que su pelaje es rizado.


Angolan: Es prácticamente igual que las Abisinias. Tienen un color satinado.


Angora: Similares a las Peruanas pero con las rosetas repartidas en cualquier parte del cuerpo.


Coronet: Se parecen a las peruanas, pero solo tienen una roseta en la cabeza.


Cuy: Cobaya con una longitud más grande de la habitual.


Lunkarya: De pelo largo, áspero y rizado difícil de controlar. No soportan bien las altas temperaturas.


Merino: Son como las coronets pero de pelo rizado incluso con tirabuzones.



Mohair: Mezcla entre angora y texel. Pelo largo y rizado.


Sheltie: Es una de las razas más antiguas. Tiene mucha cantidad de pelo. Es suave, largo y lacio. No tiene rosetas ni flequillo. Se considera una cobaya cariñosa, pero necesita muchos cuidados en el pelaje.


Texel: Parecen cruces entre las Shelties y las Rex. Pero el pelo y los bigotes los tienen ondulados.
La dirección de su pelaje es contraria a la habitual, teniendo que acariciarlas desde la cola hasta la cabeza.



SIN PELO

Baldwin: Nacen con poco pelo pero al poco tiempo les cae todo o casi todo. Por la falta de pelo no soporta las temperaturas bajas.


Skinny: Ésta raza es calva pero tiene pelo encima del hocico. Al igual que las Baldwin no soporta las bajas temperaturas.




domingo, 8 de marzo de 2015

algunos de los animales mas pequeños del mundo

Micro camaleón
El micro camaleón es el más pequeño del mundo. En promedio mide unos 30 mm de largo, así que la yema de tu dedo tiene espacio más que suficiente para él.
Murciélago escarabajo
Este murciélago diminuto parece un escarabajo peludo, pero espero que no lo aplastes. Habita en Tailandia.


 Caballito de mar pigmeo
Este pequeño hipocampo es el más diminuto del mundo. Tiene un largo de sólo 0,54 pulgadas y una altura de 0,45 pulgadas.Caballito de mar pigmeo
Este pequeño hipocampo es el más diminuto del mundo. Tiene un largo de sólo 0,54 pulgadas y una altura de 0,45 pulgadas.
Geco enano de las islas Vírgenes
Los gecos enanos por lo general tienen el tamaño de una moneda, cerca de unos 18 mm de largo. Se encuentran en tres islas británicas llamadas Virgin Gorda, Tortola y Mosquito.
Tortuga terrestre manchada
La tortuga más pequeña del mundo vive en Sudáfrica, y sólo crece hasta alcanzar unos 8 a 10 cm de largo.

Perezoso enano
También conocido como el perezoso monje, o perezoso pigmeo, habita en la costa de Panamá. Es un 40% más pequeño que sus primos directos.
Jerbo pigmeo
El jerbo es uno de los mamíferos más pequeños del mundo, y es el roedor más diminuto. Las hembras adultas sólo pesan 3,75 gramos.
Vaca vechur
Es la raza vacuna más pequeña y sólo crece hasta medir 124 cm de largo y 87 cm de alto.

Rana Paedophryne Amauensis
Este vertebrado es el más pequeño del mundo y vive en Papua, Nueva Guinea.

El pulpo Wolfi
Puedes encontrar este pequeño pulpo en el Océano Indo-Pacífico. Existen unas 300 especies de pulpo, y este Wolfi es el más diminuto.

Musaraña etrusca
Esta criaturita es el mamífero terrestre más pequeño del mundo.

Medusa irukandji
Esta medusa diminuta sólo tiene 1 cm cúbico de tamaño. Es más pequeña que una uña humana, pero es una de las criaturas más venenosas del mundo para su tamaño.


 Oso hormiguero pigmeo
Es el más chico del mundo y habita en América central y América del Sur. Puede crecer unas 18 pulgadas de largo y es ciertamente adorable.Tal vez el mas conocido sea "Fede" de wildfrank.

Hámster roborovski
Este hámster enano es riundo de Rusia, Kazakhstan y China del norte. Se venden como mascotas y el más pequeño tiene menos de una pulgada de largo.






Fuentes: http://www.ciudadviral.com/






lunes, 2 de marzo de 2015

Leyes de especies exoticas invasoras, te puede afectar?


Especie exótica invasora



Que es lo que está ocurriendo?

El Lunes 12 de diciembre de 2011, como se recoge en el BOE Núm. 298 se aprobó el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regulaba el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras. Se incluyó al erizo africano doméstico, Atelerix albiventris, en el Listado de especies exótica con potencial invasor.
El pasado sábado 3 de agosto de 2013, recogido en el BOE Núm. 185, se publica el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras. En esta ocasión el erizo africano doméstico, Atelerix Albiventrix, así como el egipcio, Hemiechinus auritus, han sido incluidos en el Catalogo como especie exótica invasora.
Esta consideración de invasor conlleva la prohibición genérica de su posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, de sus restos o propágulos, incluyendo el comercio exterior, así como, lógicamente, la prohibición de su introducción en el medio natural.

Y que pasa con los erizos adquiridos antes de esta ley?

En la “Disposición transitoria cuarta. Animales de compañía, animales de compañía exóticos o domésticos, y animales silvestres en Parques Zoológicos” podemos leer lo siguiente:
Los ejemplares de las especies animales incluidas en el catálogo, en posesión o adquiridos como animales de compañía, animales de compañía exóticos o domésticos, o ubicados en Parques Zoológicos debidamente autorizados conforme a lo establecido en la Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos, con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, podrán ser mantenidos por sus propietarios, si bien, deberán informar, en el plazo máximo de un año, sobre dicha posesión a las autoridades competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
Estas autoridades establecerán, en su caso, la obligatoriedad de la esterilización de los ejemplares, así como sistemas apropiados de identificación o marcaje (tatuaje, crotal, microchip, anillamiento y registro veterinario), y solicitarán la firma de una declaración responsable por el propietario que se ajustará a la definición incluida en el artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Los propietarios deberán informar con carácter inmediato de la liberación accidental de estos ejemplares y no podrán comercializar, reproducir, ni ceder estos ejemplares. 

Entonces.. que es lo que hay que hacer?

Para “legalizar” a estos animales y no tener ningún problema con su posesión cada comunidad autónoma ha de determinar las condiciones y pasos a seguir. Algunas comunidades exigen la castración, otras el chip y otras tan solo la declaración.

Alicante

Es necesario presentar un certificado veterinario que declare que el animal ha sido identificado con microchip y castrado, además de la declaración responsable en la que se comprometan a no comercializar, reproducir ni ceder al animal, e informar inmediatamente en caso de liberación accidental del animal.
Se debe presentar en:
Dirección territorial de Medio Ambiente
 C/Churruca 29
03003 Alicante

Andalucía

Es necesario presentar una declaración responsable en la que se comprometan a no comercializar, reproducir ni ceder al animal, e informar inmediatamente en caso de liberación accidental del animal. Debe contener los datos del propietario y del animal, fechada y firmada.
Enviar por correo postal o entregar presencialmente a:
Dirección General de Gestión del Medio Natural
Avda. Manuel Siurot, 50
41071 – Sevilla

Aragón

Toda la información en: www.aragon.es/medioambiente/biodiversidad/invasoras, accediendo a “Marcaje de mascotas”

Castilla La Mancha

Es necesario presentar una declaración responsable en la que se comprometan a no comercializar, reproducir ni ceder al animal, e informar inmediatamente en caso de liberación accidental del animal.
Enviar por correo postal o entregar presencialmente a:
Dirección General De Montes y Espacios Naturales
C/ Quintanar de la Orden s/n
45071 – Toledo

Catalunya

Es necesario presentar una declaración responsable en la que se comprometan a no comercializar, reproducir ni ceder al animal, no liberarlo, e informar inmediatamente en caso de liberación accidental del animal.
Puedes descargar la documentación directamente de la web de la Generalitat.
>> http://tiny.cc/invasorescat
Se debe entregar presencialmente en:
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
Carrer Doctor Roux, 80
08017 Barcelona
O en las oficinas comarcales y servicios territoriales del departamento de Agricultura,
Ganaderia, Pesca, Alimentación y Medio Natural.
* Ante nuestra consulta sobre la necesidad u obligatoriedad de chiparlos y castrarlos, nos indican desde la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad que no es necesario, tan solo informar de su tenencia y comprometerse a los puntos detallados en la declaración responsable

Madrid

Es necesario chipar al animal y entregar declaración responsable, fotocopia del DNI de la persona responsable del erizo, solicitud de inscripción cumplimentada y fotocopia del papel que nos facilitan en el veterinario con el número de microchip.
Consejería de Medio Ambiente – Area de Conservación de Flora y Fauna
C/ Alcalá, 16 – 2ª planta
28014 Madrid

Murcia

Es necesario esterilizar al animal, chiparlo y presentar la declaración responsable en la que se comprometan a no comercializar, reproducir ni ceder al animal, e informar inmediatamente en caso de liberación accidental del animal..
Se debe presentar en:
Dirección General de Medio Ambiente
C/ Catedrático Eugenio Úbeda, 3, 4ª planta , 30071
03003 Alicante

Para obtener esta información debes llamar o acudir a las oficinas de las direcciones generales o servicios territoriales de medio ambiente de tu comunidad autónoma. Los ayuntamientos no disponen de esta información puesto que es un tema autonómico.
Si obtenemos información de alguna otra comunidad la iremos publicando, y si obtenéis vosotros esa información agradeceremos nos la hagáis llegar para poder publicarla y transmitirla así a otras personas.

Modelo de declaración responsable

Hemos redactado un modelo de “declaración responsable” para que sepas los datos que son necesarios facilitar: tus datos personales, la especie del ejemplar (atelerix albiventrix para los africanos y hemiechinus auritus para los egipcios), el sexo y en caso de estar identificado el método y el identificador. Todo esto junto con la declaración y compromisos que indicamos y tu firma.



*Hay algunas comunidades que tienen modelos propios y pueden exigirte que cumplimentes el suyo directamente.

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Así, a partir del 3 de agosto de 2014 ha entrado en vigor dentro de la Comunidad de Madrid el Real Decreto 630/2013, por el cual se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
Como breve resumen incluye las siguientes disposiciones:
  • A nivel nacional la introducción o liberación no autorizada de especies exóticas perjudiciales para el equilibrio biológico figura como delito al medio ambiente, lo que conlleva diversas sanciones por parte de la Administración competente.
  • Las autoridades competentes de Aduanas, en coordinación con las autoridades veterinarias o fitosanitarias correspondientes, pueden detectar las plantas y/o animales vivos en las terminales de viajeros y decidir en un plazo máximo de 48 horas la destrucción o reexpedición a su país de origen de los mismos. Todos los gastos derivados de la estancia, eutanasia y/o destrucción, la reintroducción u otras medidas para eliminar los ejemplares detectados correrán a cargo del propietario, importador o representante.
  • Si los ejemplares se localizan en jardines o parques públicos, especialmente los localizados en domino público hidráulico, serán eliminados progresivamente por las administraciones competentes en los casos en que esté justificado.
  • Estas medidas de prevención son similares a las adoptadas en los parques zoológicos:
  • Esterilización de los ejemplares.
  • Identificación o marcaje: tatuaje, crotal, anillamiento, microchip y registro veterinario.
  • Declaración firmada del responsable de la posesión, en el plazo máximo de un año, a las autoridades competentes de las comunidades autónomas.
  • Los propietarios deberán informar a las autoridades con carácter inmediato de la liberación accidental de estos ejemplares.
  • Como alternativa a lo anterior, las autoridades facilitarán, en caso de solicitarse, la entrega voluntaria de los ejemplares, que podrá realizarse en primera instancia en puntos de venta de animales de compañía o núcleos zoológicos legalmente constituidos para este fin.

Dentro del listado de animales y plantas considerados invasores destacan especies que pueden adquirirse de forma habitual como mascotas, como por ejemplo:
  • Anfibios: rana toro y rana de uñas africana.
  • Reptiles: culebra del maizal, tortuga pintada y tortuga americana o de Florida.
  • Aves: minás, codorniz japonesa, cotorra argentina y cotorra de Kramer.
  • Mamíferos: erizo pigmeo y erizo egipcio, visón americano, coipú, coatí, perro mapache y rata almizclera.
Para más información:
Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras
Además de la información pormenorizada de la ley podréis encontrar un listado completo con las especies de animales y plantas exóticas consideradas como invasoras, (páginas 56782 a 56786).

Y si lo he adquirido después?

Hay “criadores” que aún sabiendo que es ilegal continuar criando y que los nuevos propietarios pueden tener muchos problemas con su “nueva mascota”, siguen vendiéndolos y mintiendo sobre esta legislación para continuar lucrándose.
Si conoces algún caso de estos o tu mismo eres uno de los que han sido engañados y tienes a un pequeño nacido con posterioridad a esta ley, ponte en contacto con nosotros e intentaremos buscar una solución


Fuentes : http://www.erisos.org
http://valdelasfuentes.es/

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